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Art. 1 : Conclusión del contrato
Este contrato de alquiler de vehículos se perfecciona entre la empresa de alquiler de vehículos que presta el servicio (en adelante, el "Arrendador") y el Cliente en el momento de la suscripción del Cliente y, si corresponde, también del Garante. El contrato de alquiler está regulado prioritariamente por las condiciones aquí establecidas, que las partes declaran aceptar y que solo podrán ser modificadas con un acuerdo específico por escrito entre las partes.
1. Al suscribir este contrato, el Cliente también declara haber recibido una copia del mismo y que es conforme al original, que se mantiene depositado en la sede del Arrendador.
2. Se define Garante al sujeto que asume, solidariamente con el Cliente, ante el Arrendador, todas las obligaciones derivadas y/o consecuentes del contrato de alquiler y su ejecución. Por lo tanto, todas las obligaciones que surgen para el Cliente en virtud de este contrato también se entienden referidas al Garante bajo el vínculo de solidaridad, incluso cuando en el texto del contrato se haga referencia al Cliente de manera general para simplificar.
3. Se define Conductor adicional al sujeto, completamente identificado en el contrato y autorizado por el Cliente para conducir el vehículo de alquiler, bajo la responsabilidad del Cliente, quien responde al Arrendador por todas las acciones u omisiones de todos los Conductores Adicionales autorizados por él.
4. El Cliente declara, consciente de que puede ser procesado por declaraciones falsas, haber proporcionado al Arrendador sus datos reales y útiles para su identificación anagrafica y sustancial, y que los documentos proporcionados al Arrendador son originales o copias conformes de los originales y están vigentes.
5. El Cliente declara haber examinado previamente el vehículo y recibirlo del Arrendador en perfectas condiciones de conservación, completamente funcional en cada una de sus partes, con la provisión de todos los documentos requeridos por la ley para la circulación en carretera en Italia y con las pólizas de seguro vigentes.
6. El Cliente asume, para sí y para todos los Conductores autorizados, la obligación de estar permanentemente disponible en los números de teléfono indicados en el contrato.
7. El Arrendador se reserva, en cualquier caso, el derecho de no concluir el contrato con personas o entidades que, según su juicio elusivo e inapelable, no sean bienvenidas.
Art. 2: Entrega del vehículo
1. El vehículo se considera apto para el uso acordado en el contrato de alquiler. En caso de que el Cliente detecte daños y/o anomalías en el vehículo alquilado y no los informe describiéndolos por escrito en la nota del presente contrato, el vehículo se entenderá aceptado sin excepciones ni reservas.
2. En caso de indisponibilidad del vehículo reservado en el día establecido para la entrega, el Locador podrá poner a disposición del Cliente un vehículo de sustitución de la misma categoría y nivel. Solo si el Locador no pudiera proporcionar un vehículo de sustitución, se procederá a la devolución de la tarifa diaria del canon de alquiler pactado por el período transcurrido desde el día de la entrega prevista hasta el día de la entrega efectiva, sin perjuicio del derecho del Cliente a rescindir el contrato.
3. En caso de renuncia del cliente al vehículo reservado comunicada al Locador con un preaviso inferior a 48 horas, deberá pagar igualmente una suma correspondiente a la tarifa mínima de alquiler por los días reservados, o se retendrá a título de penalización el importe pagado en el momento de la reserva. Se deberá pagar una cantidad similar al Locador en caso de devolución anticipada del vehículo.
En caso de falta de calificación del cliente, es decir, la falta de una tarjeta de crédito a nombre del conductor, la falta de un permiso de conducir vigente y válido para conducir en Italia (no se aceptarán certificados de denuncia de pérdida o prórrogas), la falta de un documento deidentificación (no se aceptarán certificados de denuncia de pérdida o prórrogas), no se podrá entregar el coche, y se retendrá el importe pagado como penalización por falta de calificación.
4. El vehículo se entregará listo para su uso en el lugar acordado con el Cliente. La entrega está sujeta a la constitución de un depósito de garantía no productivo igual al importe de las franquicias y las coberturas de seguro, más el costo de un repostaje completo de combustible. El importe del depósito de garantía será especificado por el Locador en la oferta de alquiler/ficha de pedido.
5. Transcurridos 30 días desde la fecha de puesta a disposición del vehículo sin que el Cliente haya efectuado el pago, el Locador podrá rescindir el contrato con un cargo al Cliente de una penalización igual a la cantidad de 5.000,00 euros. El Cliente estará obligado además al pago del canon devengado desde la fecha de puesta a disposición del vehículo hasta la fecha de declaración de rescisión.
6. La oferta de alquiler / hoja de pedido, firmada por el Cliente, constituye una solicitud de alquiler y, una vez aceptada por el Arrendador, se convierte en parte integrante y sustancial del presente contrato. El Arrendador arrendará al Cliente, de acuerdo con las presentes condiciones generales, el vehículo mejor descrito en la oferta de alquiler / hoja de pedido, en la que también se especificarán los servicios solicitados, las características principales del alquiler y las condiciones económicas del mismo. En caso de incompatibilidad entre estas condiciones generales y la oferta de alquiler / hoja de pedido, prevalecerán las disposiciones contenidas en esta última, limitándose al alquiler del vehículo objeto de la misma.
7. El conductor y titular de la reserva deberá tener al menos 19 años. En caso de tener entre 19 y 24 años, se aplicará un suplemento "young driver", con una cotización diaria establecida por el arrendador y visible en la fase de reserva. Quedan excluidos los vehículos de 7 y 9 plazas, los coches de lujo y los extra de lujo, para los que se necesitan 25 años cumplidos. El alquiler se autoriza en presencia de un documento de identificación en vigor y un permiso de conducir en vigor (no se aceptarán certificados de denuncia o prórrogas), emitidos al menos un año antes, ambos a nombre del titular de la reserva.
El titular de la reserva deberá presentar una tarjeta de crédito a su nombre para autorizar el importe del depósito de garantía (para los modelos de lujo y extra de lujo se requieren 2 tarjetas de crédito).
8. En caso de recoger el vehículo entre las 20:00 y las 08:00, se enviará un enlace al correo electrónico utilizado para registrarse en el sitio web para proceder con el depósito anticipado de la fianza. Para mayor comodidad del cliente, se puede enviar un SMS al número de teléfono proporcionado durante el registro con el enlace para realizar fácilmente el depósito anticipado (el remitente del SMS es RentSmart24). Este procedimiento es obligatorio para los alquileres que comienzan en el horario indicado. El enlace se enviará por correo electrónico desde noreply@rentsmart24.com 24 horas antes del inicio del alquiler o desde la ubicación. El enlace es gestionado por nuestra pasarela de pago, la misma utilizada para reservar.
9. Durante el invierno, todos nuestros coches se entregan con cadenas para la nieve y, según disponibilidad, con neumáticos de invierno. En caso de pérdida, daño o negligencia de las cadenas, se cargará una penalización de 45€.
10. El precio del coche se calcula según la hora indicada en la reserva; en caso de discrepancias entre el horario indicado y la hora real de recogida del coche, el precio puede ser actualizado y recalculado aplicando la tarifa correcta correspondiente a la recogida real del coche.
Artículo 3: Devolución del vehículo
1. Al vencimiento natural o prorrogado del contrato o en cualquier otro caso de resolución o interrupción anticipada, el Cliente se compromete a devolver el vehículo en la sede del Locador o en otro lugar autorizado por el mismo, en las condiciones en que lo recibió, teniendo en cuenta el desgaste medio determinado por el uso hecho en conformidad con el contrato, y con los respectivos documentos de circulación y pólizas de seguros.
2. En el momento de la entrega, el Cliente tiene la obligación de verificar, en contradicción con un representante del Locador, el estado del vehículo y el kilometraje recorrido. Los costos de restauración que excedan el desgaste normal y los derivados de accidentes no denunciados regularmente serán cargados al Cliente como compensación por daños. El importe correspondiente se compensará, hasta el límite de la cantidad constituida a título de depósito de garantía y/o de otra garantía prestada en su momento, salvo la compensación de otros daños adicionales o diferentes. La posible mayor distancia recorrida con respecto a lo acordado se evaluará al costo medio por kilómetro del vehículo en cuestión y se cargará al Cliente con las mismas modalidades mencionadas anteriormente y podrá ser retenida de la fianza o depósito.
3. En caso de que, al vencimiento natural, anticipado o prorrogado del contrato, y en cualquier caso de resolución y cancelación, el vehículo no se entregue por cualquier causa, incluso no imputable al Cliente, en el día/lugar/hora establecidos, se le obligará al pago de una penalización equivalente al costo diario del alquiler hasta el momento de la efectiva devolución, salvo el derecho del Locador a solicitar eventuales daños adicionales. En cualquier caso, el Locador tendrá la facultad de presentar una denuncia/reclamo ante las autoridades judiciales competentes y de proceder a la recuperación forzada del vehículo a cargo y responsabilidad del Cliente. Si esto no fuera posible, el Locador podrá solicitar el pago de una suma igual a la valoración comercial del vehículo en el momento de la falta de entrega, además de las cuotas de alquiler devengadas hasta entonces.
4. Queda convenido, sin embargo, que en todos los casos de falta o injustificada devolución (al vencimiento natural o prorrogado del contrato o en cualquier otro caso de resolución o interrupción anticipada), el Cliente siempre será considerado responsable de la custodia y conservación del vehículo, incluso después del plazo contractual.
5. El Locador se reserva el derecho de verificar si hay faltas de combustible, daños ocultos, incluyendo daños al interior del vehículo, y/o otros daños extra no detectados en el momento de la entrega, dentro de los tres días posteriores a la devolución del vehículo. En este caso, los costos correspondientes se cargarán al cliente.
Artículo 4: Título de propiedad
1. La propiedad de los vehículos alquilados y cualquier otro derecho relacionado siempre y en todo caso permanece en manos del Arrendador. El Cliente reconoce expresamente que no podrá reclamar ningún derecho de propiedad sobre ellos.
2. Además, el Cliente no podrá subalquilar, hipotecar y/o someter los vehículos alquilados a cualquier forma de privilegio o garantizarlos como prenda o en garantía de cualquier forma.
3. Si terceros ejercen acciones judiciales, embargos o actos ejecutivos de cualquier tipo contra el vehículo objeto de alquiler, el Cliente está obligado a informar inmediatamente y demostrar con todos los documentos en su posesión que el vehículo no es de su propiedad, sino objeto de un contrato de alquiler. También está obligado a comunicar por escrito y de manera oportuna (máximo 12 horas) al Arrendador el acto / hecho.
4. El Cliente se compromete, con la firma del presente contrato, a conservar en el interior del vehículo una copia conforme al original recibida del Arrendador y a presentarla a petición de las Autoridades competentes. Si debido al incumplimiento de esta obligación, el vehículo de alquiler debe ser objeto de detención o embargo, el Cliente deberá compensar al Arrendador por el daño sufrido como resultado de tales medidas, calculado desde ahora en función del precio del alquiler por cada día, sin perjuicio de la indemnización del daño mayor.
Art. 5: Obligaciones del cliente en relación con el uso del vehículo
1. El vehículo será conducido por personas que posean la edad y las habilidades de conducción requeridas por las leyes vigentes y sean empleados del cliente o terceros autorizados por escrito por el arrendador (conductor adicional) e identificados en este contrato con la transcripción de los datos de la licencia de conducir válida. El arrendador puede negarse a entregar el vehículo en caso de que no se cumplan los requisitos requeridos.
2. El vehículo no debe ser utilizado de manera que invalide, ineficaz o inaplicable las condiciones de las pólizas de seguro.
3. El vehículo no se utilizará para transportar personas y/o mercancías que excedan las cantidades establecidas en el libro de circulación.
4. El odómetro no debe ser manipulado y/o dañado: en caso de mal funcionamiento del dispositivo, el cliente estará obligado a notificarlo inmediatamente por escrito mediante fax o correo electrónico a la empresa arrendadora.
5. El cliente deberá conducir, utilizar y custodiar el vehículo con la diligencia de un buen padre de familia y con la diligencia específica requerida en relación con la tipología del bien arrendado y su valor comercial, so pena de indemnización por daños y perjuicios.
6. El cliente deberá conducir y utilizar el vehículo cumpliendo escrupulosamente las disposiciones legales, el uso específico previsto en la tarjeta de circulación, las normas del Código de Circulación y asumir cualquier responsabilidad derivada de posibles infracciones.
7. El cliente se compromete a cumplir todas las normas y prescripciones del Código de Circulación y será responsable de todas las posibles infracciones. Para las multas que se notifiquen al arrendador, este último solicitará a la autoridad competente que las vuelva a notificar al cliente y cargará los gastos incurridos directamente al cliente. El cliente autoriza expresamente a retener todos los importes mencionados, incluso mediante un cargo en la tarjeta de crédito proporcionada en el momento del depósito de garantía.
8. El cliente se compromete a proporcionar al organismo encargado todos los datos personales y del conductor del vehículo que se soliciten. Si el cliente no cumple con esta obligación, el arrendador cargará todos los importes que esté obligado a pagar. El cliente autoriza expresamente a retener todos los importes mencionados, incluso mediante un cargo en la tarjeta de crédito proporcionada en el momento del depósito de garantía.
9. El cliente no deberá utilizar el vehículo para el transporte de pasajeros a cambio de remuneración, para competiciones o manifestaciones de cualquier tipo (salvo autorización expresa por escrito del arrendador), para remolcar (salvo que el vehículo esté equipado con un gancho de remolque adecuado requerido y autorizado por el arrendador y asegurado por él), remolcar o empujar otro vehículo.
10. Al firmar el presente contrato, el Cliente se compromete a no conducir/usar el vehículo de alquiler y a no tolerar que otras personas lo conduzcan/utilicen bajo la influencia de alcohol, drogas, medicamentos u otras sustancias que inhiban la capacidad de entender, reaccionar o conducir.
11. El Cliente se compromete también a no conducir/usar el vehículo de alquiler y a no tolerar que otras personas lo conduzcan/utilicen con fines contrarios a la ley, para el transporte de animales (salvo autorización expresa por escrito del Locador) incluso si son propios, para el transporte de mercancías explosivas, peligrosas o contaminantes.
12. Está prohibido fumar a bordo de los vehículos; consumir comidas, bebidas o alimentos dentro de las cabinas; someter el vehículo a lavados con rodillos u otros similares que puedan dañar la pintura.
13. El Locador no es responsable por los objetos dejados dentro del vehículo de alquiler, los cuales se consideran abandonados.
14. Desde la fecha del alquiler hasta la fecha de devolución del vehículo de alquiler, el Cliente será responsable de todos los daños a personas/animales/cosas derivados del uso, custodia y circulación del vehículo, incluso si son imputables a casos fortuitos, fuerza mayor o hechos de terceros.
15. En caso de accidente de tráfico, el Cliente deberá completar correctamente en todas sus partes el Formulario Azul (ex modelo CID - constatación amistosa de accidente) y firmarlo. Dicho formulario, documentación eventual y cualquier información adicional, deberán ser enviados al Locador por fax o correo electrónico dentro de un día hábil siguiente al evento y, en cualquier caso, antes del inicio de la reparación del vehículo en el taller autorizado. El Locador podrá cargar al Cliente los daños derivados de la falta o retraso en la transmisión de las comunicaciones mencionadas anteriormente.
16. El Cliente está obligado a pagar los peajes de autopistas y estacionamientos. El Locador, en caso de recibir las solicitudes mencionadas anteriormente, solicitará al organismo competente la renotificación al Cliente proporcionando los datos relevantes y cargará al Cliente, por cada solicitud, los gastos incurridos.
17. Todos los accesorios, suministrados o no por el Fabricante, forman parte integral del alquiler y, como tales, son propiedad del Locador. Los mismos serán objeto de un único suministro y en caso de avería y/o robo no serán sustituidos.
18. El Cliente se compromete a devolver el vehículo con la misma cantidad de combustible que estaba presente en el momento de la recepción del vehículo. De lo contrario, se le cobrará una penalización por el servicio de repostaje (importe indicado en el contrato de alquiler), más € 2,50 por cada litro.
19. El cliente se compromete a devolver el vehículo en buen estado y limpio. De lo contrario, en el momento de la recepción y reconocimiento, se le pueden cobrar desde € 28,00 por un paquete completo de lavado hasta € 100,00 por lavado e higienización.
21. El incumplimiento total o parcial de una o más obligaciones establecidas en este artículo por parte del Cliente, incluso para uno solo de los vehículos objeto del presente contrato, constituye un incumplimiento y legitima al Locador a solicitar, a su exclusiva discreción, la resolución del contrato.
Art. 6: Responsabilidad
1. En el momento de la entrega del vehículo, el Cliente se convierte en el depositario del mismo a todos los efectos legales. Se compromete legalmente a guardar el bien recibido con la diligencia del buen padre de familia y con la diligencia específica requerida por el valor comercial y el uso del vehículo. El cliente reconoce que no es ni será titular de ningún derecho real o personal sobre el vehículo de alquiler y sus accesorios (incluidas las llaves) que están equipados o proporcionados por el Locador.
2. En caso de pérdida, robo o daño del vehículo y / o sus accesorios, el Cliente está obligado a ponerse en contacto de inmediato con el Locador y a denunciar el hecho a la autoridad competente más cercana, enviando al locador una copia certificada de la denuncia en las 12 (doce) horas siguientes. El Cliente y el Garante se comprometen a reembolsar inmediatamente al Locador todos los gastos incurridos para recuperar el vehículo o los accesorios, o para producir duplicados de las llaves, incluso si esto implicara el cambio completo de los sistemas de cierre del vehículo. En caso de que el Cliente, por cualquier motivo, incluso no imputable a él, perdiera de manera irreversible la posesión del vehículo de alquiler, deberá compensar al Locador por el valor comercial del vehículo, deduciendo las sumas pagadas por el seguro.
3. El Locador responde, directamente o a través de talleres autorizados, por las fallas técnicas del vehículo de alquiler y el mantenimiento ordinario y extraordinario; no se incluyen los gastos de viaje y estacionamiento expresamente a cargo del Cliente. Sin embargo, queda excluida cualquier responsabilidad del Locador por posibles daños a personas o bienes en caso de mal funcionamiento del vehículo.
4. El Locador no está obligado a responder por los defectos, incluso ocultos, del vehículo y sus accesorios, por los defectos de construcción, para los cuales se invoca la aplicación del DPR 224/1998 sobre responsabilidad por producto defectuoso, y por los daños accesorios / consecuentes correspondientes.
5. Además, el Locador no responde en caso de inadecuación del vehículo para llevar a cabo el servicio para el que está destinado debido a información omitida o inexacta proporcionada por el Cliente.
6. Queda prohibido conducir el vehículo en un Estado diferente de: Italia, Francia (incluida Córcega), Alemania, España, Portugal, Andorra, Ciudad del Vaticano, República de San Marino, Principado de Mónaco, Suiza, Bélgica, Países Bajos, Suecia, Dinamarca, Noruega, Finlandia, Liechtenstein, Inglaterra, Irlanda, Luxemburgo, Austria, salvo autorización escrita específica del Locador. En caso de autorización, las condiciones económicas (la tarifa de Cross Border Fee aplicable es de 50 €) se definirán por separado. En caso de que el Cliente no comunique la salida del país y la consiguiente aplicación de la Cross Border Fee, todas las franquicias previstas en el contrato caducarán, y el Cliente será responsable por cualquier daño o robo al valor completo de los mismos. En caso de que el Cliente abandone el país y viaje sin la autorización específica a un estado diferente a los mencionados anteriormente, se procederá a una denuncia inmediata a las Autoridades competentes y a la recuperación forzosa del vehículo a expensas del Cliente. Asimismo, el Arrendador tendrá derecho a cobrar la garantía inmediatamente y a cargar las penalizaciones por incumplimiento contractual previstas en el artículo 11.3 de este contrato. En caso de que la salida del país conlleve la pérdida de las coberturas de seguro, cualquier responsabilidad, incluidos los daños causados a sí mismo o a terceros, al vehículo alquilado, o para la pérdida total o parcial del bien, serán de responsabilidad exclusiva y total del Cliente.
Art. 7: Mantenimiento y reparación
1. El Locador proporcionará el mantenimiento ordinario y extraordinario para mantener los vehículos en estado de eficiencia y seguridad (cuando a juicio del Locador sea necesario en consideración del kilometraje recorrido) y se encargará de las reparaciones. Se entiende por Mantenimiento y reparación:
a) todas las intervenciones indicadas en el manual de uso y mantenimiento del vehículo necesarias para su correcto funcionamiento;
b) todas las reparaciones y/o sustituciones, consecuentes a averías, de las piezas de recambio que, a juicio del Locador, sean técnicamente necesarias también en consideración de los kilómetros recorridos;
c) la revisión ordinaria y extraordinaria;
d) los controles periódicos en las fechas previstas en el Manual del Conductor;
e) la eventual recarga de aceite (si es necesario);
f) la sustitución de los neumáticos, cuando estén desgastados dentro de los límites mínimos establecidos por las normas vigentes. El Cliente debe informar por escrito al Locador si encuentra defectos o anomalías en los neumáticos. Los costes relativos a los pinchazos no están cubiertos por el Locador. No se prevé la entrega de neumáticos térmicos estacionales, salvo indicación en contrario en la oferta de alquiler/ficha de pedido y/o posteriores modificaciones aceptadas por el Cliente. Intervenciones excluidas:
a) la provisión de combustible, aceites especiales diferentes a los recomendados por el fabricante, aditivos de cualquier tipo, el inflado de los neumáticos con gas diferente al aire;
b) las reparaciones de los daños causados por el uso de combustibles contaminados o diferentes a los indicados por el fabricante;
c) el lavado exterior e interior del vehículo, lavado de motor;
d) los pulidos;
e) las reparaciones debidas al deterioro accidental o a la negligencia de los interiores;
f) las reparaciones consecuentes a la pérdida de las llaves;
g) las reparaciones por los daños provocados por la presencia de agua en el depósito de combustible o la aspiración de agua en el motor durante la marcha.
2. Las operaciones de mantenimiento y reparación deben ser realizadas, en días y horarios laborables, exclusivamente en los talleres convenidos con el Locador, o, previa autorización del mismo, en aquellos elegidos por el Cliente. Antes de realizar cualquier intervención de mantenimiento, el Cliente debe contactar telefónicamente al Locador para definir las modalidades, tiempos y lugares de ejecución. Las convenciones y relaciones con dichos talleres son gestionadas exclusivamente por el Locador, que se encarga directamente del pago de los trabajos. Las operaciones de reparación y mantenimiento serán ejecutadas bajo la exclusiva responsabilidad del taller, único responsable de los eventuales daños.
3. En caso de absoluta necesidad, el Cliente, en derogación a lo establecido en el punto 7.2 anterior, podrá encargarse directamente de las reparaciones, previa solicitud escrita de autorización al Locador. El reembolso se realizará previa presentación de la factura regular del taller, debidamente sellada, a nombre del Locador (referencias presentes en el contrato de alquiler), que deberá ser enviada por correo certificado con acuse de recibo o correo electrónico certificado.
4. Queda prohibido al Cliente utilizar el vehículo de alquiler en condiciones de mal funcionamiento, para evitar posibles agravamientos del fallo o situaciones de peligro para sí mismo o para otros, terceros, animales o cosas. El Cliente, como custodio nombrado, está obligado a vigilar y activarse rápidamente para verificar y conservar el buen estado de mantenimiento y funcionamiento del vehículo.
5. En caso de fallo irreparable, el Cliente deberá actuar con prontitud y diligencia para permitir el retorno del vehículo defectuoso a la sede del Locador o, alternativamente, al centro de asistencia técnica autorizado más cercano al constructor del vehículo de alquiler designado por el Locador, incluso mediante la ayuda de un medio de rescate en carretera si es necesario.
6. El Cliente es responsable total del uso correcto y adecuado del vehículo y del control de su eficiencia en todo momento, incluso después de reparaciones o mantenimiento.
7. El Locador tendrá derecho a exigir el pago del precio por toda la duración del alquiler en caso de que, durante la relación de alquiler, el vehículo de alquiler sea dañado o inutilizable debido a la culpa del Cliente o de terceros atribuible al Cliente. El Locador se reserva el derecho, a su discreción, de solicitar daños mayores.
8. El Cliente se compromete a devolver el vehículo al Locador limpio, con el tanque lleno de combustible y en cualquier caso en las mismas condiciones en que lo recibió. Si en el momento de la devolución el vehículo no está lleno de combustible, el Locador tendrá derecho a cargar al Cliente los costos incurridos por el suministro de combustible.
Art. 8: Opción de prórroga
1. El cliente tiene la opción de solicitar, antes de la expiración del contrato, una o más prórrogas. El Locador se reserva la más amplia discrecionalidad en la evaluación de la adhesión a la propuesta de prórroga del plazo contractual, que solo podrá tener lugar mediante la aceptación escrita del Locador comunicada al Cliente junto con las posibles nuevas regulaciones económicas del contrato.
Art. 9: Seguros
1. Los vehículos están cubiertos por las siguientes garantías de seguros. Responsabilidad Civil de Automóviles: De acuerdo con la ley del 24 de diciembre de 1969, n. 990, y sus modificaciones e integraciones posteriores, así como con el Reglamento de ejecución de la ley antes mencionada y sus modificaciones; garantizando, dentro de los límites acordados, las sumas que, por capital, intereses y gastos, deban pagarse como indemnización por daños involuntarios causados a terceros por la circulación de los vehículos alquilados. Se hará que el Cliente vea una copia de las pólizas de seguro para que sea consciente del máximo cubierto, las franquicias y las exclusiones, que quedan a cargo exclusivo del Cliente. Robo e Incendio total o parcial: Incluso si es intentado y robo del vehículo, tanto si está detenido como en circulación, incluidos los daños sufridos por el vehículo durante la circulación después del robo o el atraco y hasta el momento de su recuperación, se incluye también el incendio del vehículo, cualquiera que sea su causa, tanto si está detenido como en circulación, pero solo si está demostrado por una denuncia regular a las autoridades competentes, con excepción del robo y/o daño de bienes contenidos en el maletero o cualquier bien transportado, radio de coche y cualquier accesorio y/o equipo no expresamente previsto por los contratos de seguros individuales, que se encuentre dentro o fuera del vehículo alquilado. Si el robo o el atraco han ocurrido en el extranjero, la denuncia debe repetirse ante la Autoridad italiana. En cualquier caso de robo, el Cliente, también a través del usuario:
a) Se compromete a denunciar inmediatamente a las autoridades competentes y a enviar al Locador el original, por correo certificado con acuse de recibo, dentro de los 3 días siguientes al evento, anticipándola inmediatamente por fax o correo electrónico.
b) Solo en caso de robo total, se compromete a entregar el juego completo de llaves al Locador.
c) A petición y según la disponibilidad de los medios, el Locador proporcionará un vehículo de sustitución del grupo previsto en la oferta en buenas condiciones por un máximo de 60 días al mismo precio del contrato en curso en el momento del suceso, salvo que el Cliente solicite lo contrario.
d) En caso de que el vehículo sea encontrado dentro de los 60 días desde la fecha de la denuncia, el locador tendrá el derecho de devolvérselo al Cliente; de lo contrario, el contrato se considerará resuelto, limitado a dicho vehículo.
e) Si el Cliente ordena un nuevo vehículo, las condiciones tarifarias serán las vigentes en el momento de la suscripción de la nueva oferta de alquiler/orden de compra.
f) En caso de robo, pérdida o deterioro del permiso de circulación, la placa, una o más llaves del vehículo o de cualquier otro documento, los costos de matriculación y restauración del vehículo debido a estos eventos estarán a cargo del Cliente. Si es necesario, se debe presentar una denuncia. Cualquier franquicia (0,00% fijo con un mínimo de 1.500,00 euros por daños superiores a 30.000,00 euros) será exclusivamente responsabilidad del Cliente. Daños integrales: La cobertura de seguro cubre los daños materiales y directos causados al vehículo como resultado de un choque, colisión, vuelco o salida de la carretera durante la circulación, siempre y cuando estos no sean comportamientos intencionales o negligentes: en estos últimos dos casos, el Cliente será responsable directamente. El seguro deducible fijado es del 0,00% con un mínimo de 750,00 euros por siniestro y queda a cargo del Cliente. Se excluyen los daños causados por el Cliente o el Conductor bajo la influencia del alcohol o sustancias estupefacientes en violación del D.L. 30/04/92 n. 285. En tales casos, los daños serán responsabilidad exclusiva del Cliente. Lo mismo se aplica a los daños causados por la realización de conductas prohibidas por este contrato;
2. En los siguientes casos, la responsabilidad del Cliente o del Conductor en la causación del evento dañino se regirá de la siguiente manera:
a) intencionalidad o negligencia del Cliente/Conductor o de un tercero que él haya admitido en el uso del vehículo. En este caso, el Locador facturará y el Cliente deberá pagar una suma igual al valor comercial del vehículo en el momento del robo o incendio;
b) falta de devolución del conjunto completo de llaves. En este caso, el Locador facturará y el Cliente deberá pagar una suma igual al valor comercial del vehículo en el momento del robo;
c) falta de denuncia a las autoridades competentes o falta de comunicación al Locador en los plazos y con las modalidades descritas en el Art. 9 lett. a) (Robo). En este caso, el Locador facturará al Cliente una suma igual al valor comercial del vehículo en el momento del robo.
d) falta de cumplimiento del Módulo Azul o comunicación al Locador en los plazos y con las modalidades descritas en este artículo. En este caso, el Locador facturará al Cliente la cantidad prevista en la oferta de alquiler/orden de compra a modo de garantía, además de la diferencia hasta el monto total del daño según lo evaluado y cuantificado por un perito elegido por el Locador.
3. En caso de un accidente, el Cliente, directamente y/o a través del conductor, se compromete a informar al Locador, quien se encargará de gestionarlo, de cada accidente a través de la cumplimentación completa de los formularios existentes en cada vehículo (Modulo Blu) o de la preparación de un informe de siniestro sin contraparte. No se considerarán válidos los informes acumulativos de varios siniestros. El Cliente/Conductor también está obligado a prestar diligente colaboración en el cumplimiento de las posibles prácticas con la compañía de seguros. Estas comunicaciones, así como las relativas a casos de robo, incendio y/o destrucción total del vehículo, deben enviarse inmediatamente por fax o correo electrónico al Locador y posteriormente por correo certificado dentro de los 3 días del suceso. En caso de que, como resultado de accidentes o fallas, la seguridad y/o la idoneidad para el uso del vehículo estén prohibidas, o si la reparación del daño parezca antieconómica, el Locador comunicará la irreparabilidad del vehículo, con resolución automática y consensuada del contrato. La evaluación de no reparable queda a discreción del Locador. En tales casos, el Cliente puede retener el posible vehículo de reemplazo ya proporcionado por un máximo de 30 días a partir de la comunicación de la irreparabilidad. Si no se beneficiara de dicho vehículo, el Locador, a solicitud del Cliente, proporcionará otro vehículo en buenas condiciones por un período máximo de 30 días a partir de la comunicación de la irreparabilidad al mismo precio del contrato en vigencia en el momento del suceso. El vehículo de reemplazo no se proporcionará en los casos previstos en el Artículo 12 letra c), salvo solicitud diferente del Cliente. Si el Cliente ordena un nuevo vehículo, las condiciones tarifarias serán las vigentes en el momento de la suscripción de la nueva oferta.
4. En caso de que se detecten daños relacionados con accidentes no informados en el momento del cierre del Contrato, se cargará al Cliente el importe relacionado con la reparación del vehículo. Si los pagos no son recuperables debido a la culpa del Cliente/Conductor, se cargará al Cliente los costos incurridos.
5. También se entiende que cualquier indemnización que se liquide de acuerdo con la póliza será pagada a la Sociedad Arrendadora en su calidad de propietaria del vehículo, de acuerdo con el segundo párrafo del Artículo 1891 del Código Civil.
6. Todos los daños causados por el Cliente o el Conductor bajo la influencia de alcohol o drogas en violación del Decreto Legislativo 30/04/92 n. 285 están excluidos de todas las pólizas de seguro. En tales casos, los daños serán responsabilidad exclusiva del Cliente. Lo mismo ocurre con los daños causados por la asunción de comportamientos prohibidos por este contrato.
7. En el momento de la conclusión del presente contrato de alquiler, el Arrendador entregará una copia de las pólizas de seguros, que deben permanecer en el interior del vehículo durante todo el período de duración del contrato y ser devueltas intactas al vencimiento, indicando los deducibles, franquicias y riesgos excluidos, que quedan a cargo del Cliente en su totalidad.
Art. 10: Pago
1. El pago de los importes acordados en el contrato de alquiler deberá ser realizado mediante domiciliación bancaria y transferencia bancaria, en las fechas acordadas. Se deberá presentar una tarjeta de crédito financiera (se aceptan tarjetas de crédito internacionales, como Visa, Mastercard;). Si la tarjeta de crédito es aceptada por el Arrendador, este, con la autorización expresa del Cliente, concedida previa solicitud de autorización al Emisor del instrumento de pago, procederá a retener las sumas consideradas necesarias para la ejecución del contrato.
2. Con el fin de celebrar un contrato de alquiler SUPERIOR A UN MES - 28 DÍAS, se requerirá un depósito de garantía de hasta tres mensualidades, además de un tanque lleno de combustible. También se podrá realizar mediante tarjeta de crédito, previa autorización de pago del Emisor. Este depósito, sin intereses, se devolverá si el vehículo se devuelve puntualmente, al final del contrato, íntegro y sin daños. El depósito de garantía deberá ser pagado con las principales tarjetas de crédito financieras, si son aceptadas por el arrendatario, previa emisión de una autorización del emisor. La cantidad debida a título de depósito de garantía deberá ser pagada con anticipación al menos 24 (veinticuatro) horas antes de la entrega del vehículo si se trata de un alquiler a corto plazo, una semana antes de la entrega del vehículo en caso de un alquiler a largo plazo. En caso de no pago de la cantidad correspondiente, el contrato no podrá iniciarse y el Arrendador tendrá derecho a resolver el contrato sin necesidad de previa intimación o requerimiento.
3. Con el fin de celebrar un contrato a corto plazo (inferior a un mes - 28 días), se requerirá un depósito de garantía que dependerá de la categoría del vehículo entregado (mínimo 500 €) más el coste del alquiler no prepago más un tanque lleno de combustible; esta cantidad, que deberá ser autorizada mediante tarjeta de crédito, se desbloqueará en la devolución del vehículo, salvo posibles cargos.
4. El importe del alquiler, más el depósito de garantía, más cualquier otro gasto accesorio a cargo del Cliente, deberán ser cubiertos por las tarjetas de crédito del Cliente y del Garante en la fecha de celebración del presente contrato; a tal efecto, el cliente y el Garante autorizan al Arrendador a cargar en su tarjeta de crédito, incluso en varias veces, cualquier importe necesario para demostrar el estado de cobertura financiera de las mismas, que debe ser suficiente para cubrir completamente los costos del alquiler, el depósito y cualquier carga de combustible. Cualquier gasto incurrido por el Arrendador para verificar la disponibilidad financiera de las tarjetas de crédito del Cliente/Garante correrá exclusivamente a cargo de los mismos, quienes autorizan desde ahora al Arrendador a cargar automáticamente estos costos en las mismas. En caso de falta de cobertura financiera, el contrato no podrá comenzar y el Arrendador tendrá la facultad de resolver el contrato sin necesidad de previa intimación o aviso de mora.
5. Reservas y garantías con tarjetas de crédito: Solo para el alquiler a corto plazo, para las reservas realizadas en línea o en la estación de alquiler, según la tarifa elegida, los pagos pueden estar sujetos a una preautorización con tarjeta de crédito. Para proteger la reserva, se verificará la validez de la tarjeta de crédito proporcionada como garantía, sometiéndola a una preautorización. Para este fin, se solicitarán los detalles de la tarjeta de crédito, la fecha de caducidad y el nombre del titular; la fecha de caducidad de la tarjeta de crédito no debe ser inferior a 6 meses después del final del alquiler. El Arrendador se reserva el derecho de no aceptar pagos con tarjetas prepagas o de débito. El monto del alquiler puede ser debitado en primer lugar en la tarjeta de crédito proporcionada como garantía. En caso de reserva prepagada, si no se cancela dentro de las 48 horas posteriores al inicio del alquiler, se retendrá el importe total prepagado como penalización.
6. El Cliente se obliga a reembolsar inmediatamente al Arrendador por todos los gastos incurridos para obtener el cumplimiento de las obligaciones monetarias derivadas del presente contrato. Para cualquier forma de débito, el Cliente autoriza expresamente al Arrendador a retener las sumas depositadas como garantía, previa comunicación por escrito o por correo electrónico, en caso de retraso. En caso de pago tardío, se cobrarán al Cliente los intereses de demora desde el día de vencimiento de la obligación hasta el día de pago efectivo.
7. El cliente acepta expresamente que el arrendador ceda, total o parcialmente, los créditos reclamados contra el cliente a terceras empresas (por ejemplo, factoring, descuento bancario, etc.), las cuales, convirtiéndose en titulares del derecho de crédito, se esforzarán por recuperar las sumas reclamadas.
8. Se cargarán al cliente, además de los costos relacionados con las sanciones administrativas notificadas por las autoridades y relacionadas con el período de tenencia del vehículo, también los costos de gestión y administrativos de la posición que pesa sobre el arrendador, calculados por el arrendador y visibles en el contrato de arrendamiento, para cada posición deudora/sanción.
Artículo 10 bis: Pago
1. En caso de que las condiciones del detalle sean reguladas de manera diferente en el contrato de alquiler, prevalecerá lo dispuesto en este último.
Art. 11: Resolución expresa
1. Sin perjuicio de lo acordado en los puntos individuales, el incumplimiento por parte del Cliente de una sola de las obligaciones convenidas en los puntos anteriores 1), 2), 3), 4), 5), 6), 7), 8), 9) y 10) de las presentes condiciones contractuales dará lugar a la resolución automática del contrato con el consecuente derecho del Locador a proceder, previa comunicación formal de resolución mediante correo electrónico, a la inmediata recuperación del vehículo mediante sus propios delegados, sin limitación alguna. A título de penalización, el Cliente deberá pagar el importe de las cuotas pendientes, los gastos de viaje y de traslado y los costes de transporte de los vehículos; sin perjuicio de los daños y perjuicios mayores, valorados por el Locador, causados por el incumplimiento.
2. No obstante, el Locador se reserva el derecho de resolver unilateralmente el contrato de alquiler también con respecto a uno o más vehículos, previa comunicación formal de resolución mediante correo electrónico, si se produce una sola de las siguientes situaciones:
a) Falta de pago, incluso parcial, por parte del Cliente, del alquiler o de cualquier otra suma adeudada en virtud del presente acuerdo, dentro de los plazos establecidos en el mismo. En caso de que se produzca esta situación, el Locador se reserva el derecho de declarar la resolución del contrato también para todos o algunos de los otros vehículos eventualmente en curso.
b) Sometimiento del Cliente a una incautación judicial o ejecución forzada sobre sus bienes.
c) Disolución y/o liquidación de la empresa del Cliente por cualquier motivo.
d) Declaración de quiebra de la empresa del Cliente o sometimiento a procedimientos concursales.
e) Cesión de la empresa o de la unidad de negocio o cambio de la unidad de negocio afectada por las presentes condiciones generales.
3. En caso de producirse cualquiera de las hipótesis mencionadas, el Arrendador procederá, previa comunicación formal de resolución por correo electrónico, a la inmediata recuperación del vehículo a través de sus representantes sin limitación alguna. A modo de penalización, el Cliente deberá pagar la cantidad de las cuotas aún no vencidas, los costos de viaje, transporte y traslado de los medios; sin embargo, quedan excluidos los daños mayores, valorados por el arrendador, causados por el incumplimiento. Esto también es válido en caso de oposición o disputa, judicial o no, del Cliente, y con la facultad de acceder a los locales donde se encuentren dichos vehículos y retirarlos, actuando en todos los casos dentro de los límites legalmente permitidos. El Cliente autoriza expresamente y de antemano al Arrendador a actuar como se describe anteriormente con el fin de recuperar los bienes objeto del acuerdo, sin que esto constituya violación del domicilio u otro delito de cualquier tipo o naturaleza, al mismo tiempo eximiendo al Arrendador de cualquier responsabilidad por lucro cesante y / o daño emergente.
4. En todos los casos de resolución mencionados anteriormente, el Cliente debe devolver inmediatamente los vehículos alquilados en los lugares indicados por el Arrendador y no podrá pretender una devolución anticipada.
5. En todos los casos de resolución previstos, el Cliente estará obligado a pagar las cuotas pendientes vencidas y los gastos accesorios correspondientes, así como las cuotas aún por vencer, los costos de viaje y de traslado de los medios; sin embargo, quedan excluidos los daños mayores, valorados por el Arrendador.
Artículo 12: Forma convencional para acuerdos adicionales o en desviación
1. Cualquier modificación y/o variación en desviación a cualquier artículo de las presentes condiciones generales, para ser considerada vinculante entre las partes, deberá ser estipulada por escrito, firmada por aceptación bajo pena de nulidad. Para todo lo no previsto en el presente contrato se remite a los artículos 1571 del Código Civil.
Art. 13: Modalidades de comunicación:
1. Para cualquier comunicación escrita por parte del Locador, el Cliente acepta expresamente que el envío de mensajes escritos a través de medios informáticos, más precisamente por medio de correo electrónico directamente a la dirección de correo electrónico indicada en el contrato, tenga el mismo valor que una comunicación postal enviada por medio de carta certificada.
Artículo 14: Tratamiento de datos personales
1. El Cliente se compromete a informar y hacer conscientes a los terceros de los cuales comunicará al Locador los datos personales comunes y, eventualmente, sensibles, de los métodos y finalidades de tratamiento declarados por este último en el aviso de privacidad de conformidad con el art. 13 del Decreto Legislativo 196/2003, y siguientes modificaciones o integraciones también según el GDPR 2018, sobre su ámbito de comunicación y sobre los derechos reconocidos por la ley al interesado. De la misma manera, el Cliente declara haber leído la información de acuerdo con el artículo 196 del Decreto Legislativo 196/2003 y las modificaciones o integraciones posteriores también de acuerdo con el GDPR 2018, relativa al tratamiento de datos personales, redactada por la sociedad Locadora y entregada en copia.
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Art. 15: Domicilio de las partes y Tribunal competente
1. El arrendador y el cliente declaran que su domicilio es la dirección indicada en estas Condiciones Generales y se comprometen a comunicar por escrito cualquier cambio de dirección, así como cualquier cambio en la razón social o denominación y estado jurídico a la otra parte de manera inmediata.
2. Para cualquier controversia que surja en relación con la interpretación, ejecución o resolución de estas condiciones generales, será competente el tribunal determinado por el arrendador.
3. En todo lo no previsto por estas Condiciones Generales se aplicarán las normas del Código Civil.
Art. 16: Localizador GPS
1. El cliente declara estar informado y autoriza expresamente la instalación de un localizador GPS en el vehículo, destinado a detectar la posición del vehículo en territorio nacional. Al firmar, el cliente declara estar informado y dar su pleno consentimiento. El uso de los datos se llevará a cabo de acuerdo con el D.Lgs. 196/2003 y sus posteriores integraciones o modificaciones, también de conformidad con el GDPR 2018.
Art. 17. Idioma y ley aplicable
El presente contrato está regido exclusivamente por la ley italiana. Las partes son conscientes y reconocen haber solicitado que el presente contrato se redactara principalmente en lengua italiana y declaran entender su contenido. Por razones de conveniencia, en caso de que uno de los contratantes tenga una nacionalidad diferente y sin perjuicio de lo anterior, el presente contrato también se traducirá al idioma correspondiente (o: se traducirá al inglés, que el contratante declara conocer y entender y acepta) y se firmará en dos ejemplares. En caso de controversia, el texto italiano será el único que prevalecerá y el único idioma del procedimiento será el italiano.